Diccionario Hipotecario
Términos hipotecarios
Diccionario hipotecario
Conoce el significado de los términos hipotecarios más importantes.
- ABONO
Pago que se realiza a capital o en concepto de un servicio.
- ACCIÓN HIPOTECARIA
Es el procedimiento ejecutivo con el cual se ordena la venta de un bien inmueble gravado con una hipoteca cuando el deudor no cumple con las obligaciones pactadas en la hipoteca.
- ACREDITADO
Persona física a quien se le otorga un crédito individual para la adquisición de su vivienda.
- ACREEDOR
En un préstamo Hipotecario el acreedor será aquella figura que presta una cantidad de dinero con un objetivo predeterminado y que adquiere el derecho al cobro de dicha deuda en el plazo de tiempo y con las condiciones pactadas.
En el caso de un préstamo hipotecario, la figura del acreedor la representan las entidades financieras y bancarias que cuentan con una serie de derechos en el caso de que se produzca un impago, pudiendo iniciar un proceso de ejecución hipotecaria contra el deudor.
- ACREEDOR
En un préstamo, el acreedor será aquella figura que presta una cantidad de dinero con un objetivo predeterminado y que adquiere el derecho al cobro de la deuda en las condiciones establecidas como; plazo de tiempo, tasa de interés, entre otras.
En el caso de un préstamo hipotecario, la figura del acreedor es representada por las entidades financieras y bancarias, quienes cuentan con una serie de derechos en el caso de que haya incumplimiento de pago, entre ellos, el inicio de un proceso de acción hipotecaria contra el deudor. - ADJUDICACIÓN
La adjudicación refiere a un acto judicial que consiste en la atribución de una cosa (mueble o inmueble) a una persona a través de una subasta o licitación.
- ADQUISICIÓN
Acto por el cual una persona incorpora un bien a su patrimonio.
- AFORO
Porcentaje máximo de financiamiento con relación al valor del inmueble que se desea garantizar.
- AMORTIZACIÓN
La amortización hace referencia al pago de una parte o totalidad de una deuda adquirida con terceros. Se puede hablar también de plazo de amortización que es el tiempo que transcurre desde que formalizamos el préstamo/crédito en el notario hasta su fecha de finalización, es decir el tiempo fijado para la devolución del capital más intereses.
Dentro del concepto de amortización existen dos variantes:
- Amortización Parcial: Ocurre cuando decidimos adelantar el pago de una o varias cuotas por ejemplo en un préstamo o crédito.
- Amortización Total: Se da cuando lo que queremos es finalizar la operación firmada adelantando todo el capital pendiente más los intereses correspondientes. En un préstamo hipotecario hace referencia a la cancelación de la hipoteca que por lo general suele conllevar una comisión asociada aunque por supuesto, este concepto es también negociable con la entidad bancaria.
- AMORTIZACIÓN
La amortización hace referencia al pago de una parte o totalidad de una deuda adquirida con terceros. Se puede hablar también de plazo de amortización, que es el tiempo que transcurre desde que se formaliza el crédito con el notario hasta su fecha de finalización, es decir el tiempo fijado para la devolución del capital e intereses.
Existen dos variantes:
Amortización Parcial: ocurre cuando se decide adelantar el pago de una o varias cuotas, por ejemplo en un préstamo o crédito.
Amortización Total: ocurre cuando se desea finalizar anticipadamente la operación firmada, adelantando todo el capital pendiente más los intereses correspondientes. En un préstamo hipotecario este término hace referencia a la cancelación de la hipoteca, aspecto que suele generar una comisión. Cabe destacar que este concepto puede ser negociable con la entidad bancaria. - AMPLIACIÓN DE HIPOTECA
La ampliación de hipoteca hace referencia al momento en el que queremos realizar alguna modificación en las condiciones firmadas con anterioridad en nuestro préstamo hipotecario, que puede ser plazo o importe. Esto se lleva a cabo a través de una novación de hipoteca que también puede incluir cambios en el tipo de interés o diferencial aplicado.
Si tomamos la decisión de ampliar nuestra hipoteca, deberemos tener en cuenta si la mejor opción será la novación o la subrogación que es el traspaso y formalización de nuestra hipoteca pero en otra entidad financiera y con nuevas condiciones.
- AMPLIACIÓN DE HIPOTECA
Este término hace referencia a cuando se desean realizar modificaciones a las condiciones firmadas en un préstamo hipotecario. Estos cambios pueden referirse al plazo o importe; se llevan a cabo mediante una novación hipotecaria, que también puede incluir cambios en el tipo de interés o diferencial aplicado.
Al tomar la decisión de ampliar una hipoteca, se debe tener en cuenta si la mejor opción es la novación o la subrogación. - APERTURA DE CRÉDITO
Contrato en el que el banco se obliga a poner una cantidad de dinero a disposición del acreditado o cliente, quien debe restituir la cantidad que se disponga y a pagar los intereses, gestiones y comisiones estipulados.
- APOYO INFONAVIT
Beneficio que tienen los derechohabientes del INFONAVIT de disponer aportaciones patronales (5% del saldo integrado) para adquirir una vivienda.
- ARBITRAJE
El arbitraje es un procedimiento que se da cuando ocurren determinadas circunstancias y cuyo objetivo es la resolución de conflictos por ambas partes.
En el arbitraje, las partes participantes se comprometen a asumir lo que el “árbitro decida” obteniendo una solución extrajudicial al problema.
En España la ley de arbitraje que se aplica es la que salió nueva en marzo de 2004.
Para que un conflicto sea solucionado por arbitraje, es necesario que la dos partes lo acepten. En el caso de que alguna no esté de acuerdo, no es criticable ya que es un sistema que está fuera de las obligaciones legales y su aceptación es voluntaria.
- ARBITRAJE
Procedimiento cuyo objetivo es la resolución de conflictos entre dos partes, quienes se comprometen a asumir lo que el “árbitro determine”, obteniendo con ello una solución extrajudicial al problema.
Para que un conflicto sea solucionado mediante arbitraje, es necesario que la dos partes lo acepten. En caso de que alguna no esté de acuerdo, no es aplicable ya que es un sistema fuera de las obligaciones legales y su aceptación debe ser voluntaria. - ARRAS
El contrato de arras es una figura muy común en la compra-venta de bienes inmuebles. Se trata de una figura legal que refuerza el compromiso adquirido en la adquisición de un bien de forma rápida y segura.
Consiste en entregar una cantidad de dinero al vendedor como garantía de que en un cierto plazo de tiempo, se completará la operación de venta. Se suele fijar una parte del precio total del inmueble. Si todo transcurre su curso, el contrato de arras, se considera como un pago a cuenta.
En el caso de que la compra-venta no llegue a término se pueden tomar acciones legales ademas de perder la cantidad inicial entregada.
- AVAL
La garantía dentro de un préstamo hipotecario, refiere al instrumento que respalda el cumplimiento de pago por parte del deudor. Se designa a una persona denominada aval, quien adquiere el compromiso de pagar las cantidades adeudadas en caso de que el titular de la deuda (avalado) no lo haga.
- Aval Bancario
Ocurre cuando una entidad bancaria registra su firma en algún instrumento de deuda para responder por el pago en caso de que el cliente no lo haga. Con este compromiso, el banco se convierte en automático en una garantía.
- AVAL O GARANTE
El término aval significa garantía.
¿Cuál es su papel en un préstamo hipotecario?
Es un instrumento que proporciona garantía del cumplimiento de pago de un préstamo hipotecario. Esto quiere decir que habrá una persona denominada avalista que adquiere un compromiso de pagar las cantidades adeudadas en el caso de que el titular de la deuda (avalado) no lo haga.
Puede ser frecuente que según el caso, las entidades financieras exijan avales a la hora de conceder una hipoteca.
Dentro del concepto de Aval, se pueden adquirir otros significados.
Aval Bancario
Esto ocurre cuando una entidad bancaria registra su firma en una letra u otro instrumento de deuda para responder por el pago en el caos de que el cliente no lo haga. Es una operación que se suele pedir en el caso de arrendamientos inmobiliarios. Con este compromiso, el banco se convierte en una garantía.
- AVALÚO
Informe realizado por una unidad de evaluación que determina el valor comercial de un bien inmueble.
- AVERSIÓN AL RIESGO
Baja tolerancia al riesgo.
- BANCO DE ESPAÑA
Es la entidad que regula la actividad de todas las entidades financieras que existen en España. También es la responsable de defender los derechos de los consumidores de los productos bancarios.
Forma parte también del Sistema Europeo de Bancos Centrales y está sometido a sus estatutos, así como a los tratados de la Comunidad Europea.
- BANCO DE MÉXICO
Es la entidad que regula la actividad de todas las entidades financieras que existen en México. Se presenta de igual manera como responsable en la defensa de los derechos de aquello consumidores de productos bancarios.
- BANCO O ENTIDAD BANCARIA
Es una institución financiera que se encarga de administrar el dinero que les deja en custodia sus clientes. Utilizarán estos recursos para prestárselo a otros individuos o empresas aplicándoles un tipo de interés determinado.
¿Y que significa el concepto Banca?
Hace referencia al conjunto de bancos que forman la economía de un país.
A día de hoy la actividad de la Bnaca se traslada también al çambito digital con la Banca electrónica el movimiento fintech y las numerosas aplicaciones digitales que existen hoy en día en las que enviarse dinero de un teléfono a otro ya es posible.
- BANCO O ENTIDAD BANCARIA
Es una institución financiera que se encarga de administrar el dinero que sus clientes dejan bajo su custodia. Estas instituciones utilizan los recursos para prestarlos a otros individuos o empresas, aplicando un tipo de interés determinado.
- BENEFICIARIO
Persona o negocio a quien se le hace un pago o recibe algún beneficio por parte de la entidad financiera.
- BIEN INMUEBLE
Toda edificación inmóvil utilizada para fines habitacionales.
- BROKER
Agente autorizado para intermediar en la compraventa de activos financieros, por su intervención cobran una comisión explicitada previamente.
- BURÓ DE CRÉDITO
Organismo que almacena y actualiza registros de todas las personas que tienen o tuvieron una línea de crédito.
- CADENCIA
Este concepto, aunque gramaticalmente muy parecido, no debe confundirse con el anterior. La cadencia o periodicidad es la frecuencia con la que se procede a la modificación del tipo de interés en préstamos hipotecarios que han sido formalizados a tipo variable.
En nuestro país, el Euribor es el referencial mas utilizado, y normalmente cuando se formaliza la hipoteca se firma a un tipo de interés prefijado más el Euribor.
La periodicidad de cambio suele variar entre 1 y 3 años.
Al producirse las revisión en los tipos de interés, indirectamente se traducirán en un cambio de la cuota de amortización.
- CADENCIA DE PERIODICIDAD
Se trata de la temporalidad con la que se modifica el tipo de interés en préstamos hipotecarios previamente formalizados a tipo variable, ya que al revisar los tipos de interés, indirectamente se genera un cambio en la cuota de amortización.
- CAPACIDAD DE PAGO
Importe que el titular de un crédito puede depositar para el pago de amortizaciones en un crédito hipotecario.
La capacidad de pago se determina por la cantidad que el titular de un crédito puede destinar al pago de amortizaciones de un crédito hipotecario. - CAPITAL
El Capital en un préstamo hipotecario es el importe nominal del crédito excluyendo la parte relativa a intereses.
Dentro del capital hay que diferenciar:
- Capital amortizado: hace referencia aquellas parte del préstamo ya pagado (sin intereses)
- Capital pendiente: será la parte del préstamo hipotecario que queda por pagar.
- CAPITAL
Es el importe nominal del crédito, excluyendo la parte relativa a los intereses.
Dentro del capital hay que diferenciar:
Capital amortizado: aquellas partes del préstamo que ya se pagaron (sin intereses).
Capital pendiente: la parte del préstamo hipotecario que queda por pagar. - CARENCIA DE CAPITAL
Algunas entidades financieras ofrecen préstamos hipotecarios que incluyen un periodo de carencia de capital. Por lo general el tiempo de duración oscila entre 1-3 años.
Durante este tiempo, el prestatario, solo tendrá que hacer frente al pago de intereses sin amortizar la parte correspondiente al capital.
Se suele practicar mucho por ejemplo en el caso de préstamos para autoconstrucción o promotores en los que el deudor, no puede disfrutar de la vivienda hasta que finalice su construcción por lo que prefiere no tener que pagar la cuota íntegra hasta que llegue este momento.
La carencia no es un afiliar exclusiva de las hipotecas, también existen otras operaciones que pueden incluirla.
- CARGAS
Cuando queremos solicitar una hipoteca sobre una propiedad inmobiliaria, es fundamental conocer si esta soporta en ese momento alguna carga del pasado. Para saberlo tendremos que ir al Registro de la Propiedad correspondiente y solicitar una nota simple.
¿Que nos indica?
Las cargas hace referencia a todas aquellas limitaciones que una propiedad o finca tiene.
Puede ser que un bien inmueble en el que estemos interesados, ya tenga una primera hipoteca, o algún préstamo, crédito o en definitiva deuda asociado al mismo.
Libre de cargas
Se dice que una propiedad o finca está libre de cargas cuando se comprueba que no tiene ningún gravamen y que su titular es dueño sin restricciones.
- CARGAS
Cuando se quiere solicitar una hipoteca sobre una propiedad inmobiliaria, es fundamental conocer si al momento, esta tiene alguna carga. Para saberlo se debe acudir al Registro Público de la Propiedad y el Comercio, en donde se solicitará un Certificado de Libre Gravamen.
Puede ser que un bien inmueble en el que estemos interesados, ya tenga una primera hipoteca, o algún préstamo, crédito o deuda. Se dice que una propiedad está libre de cargas cuando se comprueba que no tiene ningún gravamen y que su titular es dueño sin restricción alguna. - CARGOS MORATORIOS
Comisión cargada en convenios de crédito, debido a pagos realizados después de la fecha de vencimiento.
- CARTERA VENCIDA
Aquellos créditos cuyas mensualidades no han sido pagadas en los plazos pactados.
- CATASTRO
El catastro es un registro administrativo que depende del Estado, concretamente del Ministerio de Economía y Hacienda en el que se describen todos los bienes rústicos, urbanos y aquellos con todo tipo de peculiaridades.
Los catastros inmobiliarios Rústico y Urbano forman un registro de datos utilizable por la Administración, básicamente a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
Se recopilan un conjunto de datos y descripciones de inmuebles tanto rústicos como urbanos aportando datos de superficie, linderos, cultivos, situación, etc.
Certificación Catastral ¿Qué es?
Es un documento expedido por una gerencia territorial del catastro que acredita datos físicos, jurídicos y económicos que constan en el Catastro Inmobiliario.
- CATASTRO
Es el inventario público de bienes inmuebles urbanos, rurales y de características especiales de un país. Consiste en una serie de registros que muestran la extensión, el valor y la propiedad de la tierra.
- CÉDULA CATASTRAL
Documento con el que se comprueba la información y las cláusulas con la que está registrado un predio ante el catastro.
- CERTIFICADO REGISTRAL
Es un documento expedido por el Registro de la Propiedad en el que se expone la situación legal en la que se encuentra una vivienda (con o sin cargas).
Imprescindible solicitado cada vez que se era realizar la compra de un inmueble.
¿Qué es entonces lo que lo diferencia de una nota simple?
Pues que la nota simple tiene valor puramente informativo mientras que una certificación registral tiene carácter de documento público otorgándole una presunción de legalidad a los actos y contratos inscritos en ella.
- CERTIFICADO REGISTRAL
Es un documento expedido por el Registro Público de la Propiedad y el Comercio en el que se expone la situación legal de una vivienda.
- CHEQUE
Orden por escrito que le indica al banco pagar una cantidad específica a una persona o entidad específica. Debe estar fechado y firmado para ser válido.
- CIRBE
Central de Información de Riesgos del Banco de España. Este es el lugar al que acuden las entidades financieras para consultar los niveles de riesgo de determinados clientes que solicitan financiación. Gracias a esta entidad, se puede saber si existen antecedentes de morosidad en las personas que lo solicitan.
Para realizar esta consulta, tiene que haber una previa autorización del cliente.
- COBERTURA
Es el valor del bien inmueble que se tiene en garantía, se caracteriza por estar dividido entre el saldo del préstamo el cual se expresa como un factor. Cuando este, es superior a uno, significa que nuestra garantía rebasa el valor del préstamo.
- COLINDANCIA
Campos o edificios contiguos, fuera de los límites de la propiedad.
- COMISIÓN DE APERTURA
Una vez aceptadas las condiciones de la hipoteca, el siguiente paso será la formalización de la hipoteca ante notario. La comisión de apertura forma parte de estas condiciones aceptadas.
La comisión de apertura es el importe que se debe pagar a la hora de formalizar el préstamo hipotecario, en contraprestación de gastos administrativos, informáticos y de gestión. El paso se realizará una única vez y por lo general se aplica un porcentaje sobre el capital solicitado.
La comisión de apertura es un concepto negociable dentro de una hipoteca.
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- COMISIÓN DE APERTURA
Importe que se debe pagar al formalizar el préstamo hipotecario, para cubrir los gastos operativos (administrativos, informáticos y de gestión) que se derivan de la expedición del crédito. Es un pago único y por lo general corresponde a cierto porcentaje sobre el capital solicitado.
La comisión de apertura es un concepto negociable dentro de una hipoteca. Con creditoH! conseguirás su reducción al máximo, al igual que otras condiciones de tu hipoteca. - COMISIÓN DE CANCELACIÓN
Esta comisión hace referencia al coste que se ha de soportar cuando se decide cancelar el préstamo hipotecario. Suele ser el importe que se paga al efectuarse el último plazo de la hipoteca adquirida. El proceso finaliza con una carta de pago del banco, mediante escritura pública inscrita en el Registro, que da fe de la anulación de la hipoteca sobre la propiedad.
La comisión de cancelación suele ser un porcentaje sobre la cantidad que se cancela.
A lo largo de la vida de la hipoteca, también puede ocurrir que por diversas circunstancias, decidamos cancelar el préstamo con anterioridad a la fecha prevista. En este caso también tendremos que soportar esta comisión de cancelación anticipada.
- COMISIÓN DE CANCELACIÓN
Esta comisión hace referencia al coste cuando se decide cancelar el préstamo hipotecario. La comisión de cancelación suele ser un porcentaje sobre la cantidad que se cancela.
- COMISIÓN DE ESTUDIO
Se trata de un coste que cobran las entidades financieras por el análisis y estudio de la operación hipotecaria antes de su concesión. Es un concepto que hace referencia al tiempo y recursos invertidos por parte del personal bancario en estudiar la idoneidad de la operación.
- COMISIÓN DE NOVACIÓN
Porcentaje que se negocia con el banco al momento de aperturar, previniendo con ello, que en un futuro se realice algún cambio en la hipoteca.
- COMISIÓN DE NOVACIÓN Y SUBROGACIÓN
En el momento de la firma de una hipoteca, deben figurar todas las condiciones de la misma para que posteriormente no surjan problemas. Entre los conceptos a incluir están los de comisión de novación y subrogación.
La comisión de novación hace referencia al porcentaje que negociamos con el banco en el momento inicial, por si en un futuro queremos realizar algún cambio en nuestra hipoteca. Puede ser desde 0% hasta un 1% por ley.
La comisión de subrogación, es también el porcentaje que nos cobrará el banco si en algún momento de la vida del préstamo, queremos cambiar la hipoteca para otra entidad bancaria que nos ofrezca mejores condiciones. La comisión máxima fijada por ley es de 0,50% durante los primeros 5 años y de 0,25% a partir del sexto año.
- COMISIÓN DE SUBROGACIÓN
Porcentaje que el banco cobra en caso de que se registre un cambio de hipoteca hacia otra entidad bancaria que ofrezca condiciones distintas.
- COMPRAVENTA
Contrato celebrado entre dos partes, en donde una de ellas cede los derechos de un bien a cambio de dinero.
- CONCILIACIÓN
Proceso mediante el cual se compara el saldo de una cuenta con el saldo registrado en el estado de cuenta.
- CONDICIONES DE HIPOTECA
Suelen presentarse por escrito y reflejan las condiciones que el solicitante tendrá en función de la entidad bancaria a la que acuda.
Deben aparecer los siguientes elementos constitutivos:
* Importe del préstamo hipotecario
* Tipos de interés
* Comisiones
* Plazo de amortización
* Importe de la cuota
Los asesores CreditoH! podrán ofrecer a los clientes una amplia variedad de ofertas hipotecarias procedentes de distintas entidades, en función a las características personales. - CONDICIONES HIPOTECA
Suelen venir materializadas en papel y reflejan las características que el prestado hipotecario tendrá en función de la entidad bancaria a la que acudamos.
Deben figurar:
- Importe del préstamo hipotecario
- Tipos de interés
- Comisiones
- Plazo de Amortización
- Importe de la cuota
Nuestros asesores podrán ofrecer a los clientes una amplia variedad de ofertas hipotecarias procedentes de distintas entidades en función de las características personales.
- CONDOMINIO
Situación en la que la dos o más personas comparten la propiedad de un bien.
- CONDOMINIO HORIZONTAL
Inmuebles con construcción horizontal. En este caso el propietario tiene derecho exclusivo a usar y habitar la parte del terreno de la cual es propietario El condómino es titular de un derecho de copropiedad para el uso y disfrute de las áreas del terreno, construcciones e instalaciones destinadas al uso común.
- CONDOMINIO MIXTO
Aquel formado por condominios verticales y horizontales.
- CONDOMINIO VERTICAL
Se establece en aquel inmueble edificado en varios niveles en un terreno común, con unidades de propiedad privativa y derechos de copropiedad.
- CONJUNTO HABITACIONAL
Grupo de proyectos habitacionales ubicados en un mismo predio, el cual puede comprender diversas categorías de valor.
- COOBLIGADO
Persona que de forma solidaria adquiere las mismas obligaciones que el solicitante del crédito, con la finalidad de incrementar la capacidad de pago del titular.
- COSTO ANUAL TOTAL
EL CAT es el costo anual total de financiamiento expresado en términos porcentuales anuales que, para fines informativos y de comparación, incorpora la totalidad de los costos y gastos inherentes a los créditos.
- CRÉDITO HIPOTECARIO
Definamos el concepto de crédito hipotecario que la mayor parte de las veces se da por sentado pero también tiene sus peculiaridades.
El Crédito Hipotecario es un contrato por el que una entidad financiera concede una operación de financiación hipotecaria a una persona física o jurídica que podrá ir disponiendo de cantidades según sus necesidades.
Esta es una de las principales diferencias con las de un préstamo al uso donde la cantidad cedida es fija y se produce una única entrega por parte de la entidad bancaria. El titular del préstamo deberá devolver la cantidad en plazos y con una serie de condiciones pactadas.
Si el titular incumpliese dicho contrato, la entidad podrá ejecutar el bien hipotecado ante un juez con el fin de cancelar la deuda.
Los créditos hipotecarios se formalizan en escritura pública para posteriormente ser inscritos en el Registro de la Propiedad.
- CRÉDITO HIPOTECARIO
También llamado préstamo hipotecario, es un contrato mediante el cual una entidad financiera concede una operación de financiación hipotecaria a una persona física o jurídica quienes podrán disponer de cantidades gradualmente según sus necesidades.
Una de las principales diferencias con respecto a un préstamo, puntualiza en que la cantidad cedida por un crédito hipotecario es fija y se produce en una entrega única por parte de la entidad bancaria. El titular del préstamo deberá devolver la cantidad en plazos y con una serie de condiciones pactadas.
Si el titular incumpliese dicho contrato, la entidad podrá ejecutar el bien hipotecado ante un juez con el fin de cancelar la deuda.
Los créditos hipotecarios se formalizan mediante una escritura pública para posteriormente ser inscritos en el Registro Pública de la Propiedad y el Comercio. - CUOTA
La cuota hipotecaria hace referencia a cada uno de los pagos periódicos que se deben realizar para ir devolviendo el préstamo hipotecario. Suele ser mensual, trimestral y en algún caso anual.
La cuota está compuesta por dos partes: el capital y los intereses.
¿Qué ocurre con la cuota si existe carencia?
En este caso, la cuota estará formada exclusivamente por la parte correspondiente a intereses.
La cuota en el caso de hipotecas a tipo de interés fijo será constante a lo largo de toda la vida del préstamo. Si por el contrario, la hipoteca se ha formalizado a un tipo de interés variable con referencias el Euribor, cambiará cada vez que cambie el este referencial.
- DACIÓN DE PAGO
DACIÓN EN PAGO
La dación en pago es una operación mediante la cuál se entrega una vivienda hipotecada a cambio de cancelar toda la deuda pendiente con el banco, incluidos los intereses demora y las comisiones de impago.
Esto puede ocurrir ante la imposibilidad de hacer frente a las cuotas hipotecarias durante un periodo de tiempo continuado. No se recuperará el dinero devuelto mediante las cuotas hasta ese momento pero tampoco se tendrá que seguir pagando.
Se presenta como una buena solución para evitar la ejecución hipotecaria.
La ley actual en nuestro país contempla esta opción y es posible negociarla con el banco. La polémica surge cuando se debate sobre si esta se debe aplicar de forma automática a todos los casos.
Ventajas de la dación en pago
- La deuda queda completamente cancelada
- Se evita el proceso judicial que conlleva la ejecución
- Existe la posibilidad de negociar otras alternativas como la opción de aplicar un alquiler social
Desventajas de la dación en pago
- No todos los casos pueden acogerse a ella.
- El banco no está obligado a concederla a no ser que esté incluida en el contrato.
- Aunque se consiga, el perfil crediticio del cliente quedará perjudicado ya que le resultará muy difícil conseguir financiación hipotecaria en el futuro.
- DEPRECIACIÓN
Pérdida de valor que cualquier bien registrar por características diversas.
- DERECHOHABIENTE
Todo trabajador que cotiza con sus aportaciones dentro de instituciones como el INFONAVIT o FOVISSSTE.
- DEUDOR
Persona titular de una obligación contraída con una entidad financiera o de tipo mercantil.
- DIFERENCIAL
El diferencial en lenguaje hipotecario es el porcentaje que se añade al índice de referencia utilizado a la hora de pactar el precio del préstamo.
Pongamos un ejemplo:
Si se pacta el precio de un préstamo hipotecario en Euribor + 1,5% y el valor del Euribor está en un 4%, el precio final a aplicar será 4%+1,5%, es decir 5,5%.
El diferencial es una de las variables que más se negocian a la hora de solicitar una hipoteca ya que el valor del Euribor es inamovible y depende de factores ajenos a la entidad. En Creditoh colaboramos con las principales entidades de nuestro país por ello contamos con un amplio abanico de posibilidades y precios.
- DIVISIÓN HORIZONTAL
Este es un término importante a la hora de comprar un inmueble que pertenezca a otro más grande, por ejemplo, un piso dentro de un edificio.
La división horizontal, es una acto documentado en título público , a través de cuál se divide un inmueble en distintas fincas registrales independientes con asignación a cada una de ellas de un copropietario distinto.
Es un documento fundamental para formar una Comunidad de Propietarios en régimen de propiedad horizontal.
- DOCUMENTO PRIVADO & PÚBLICO
Documento Privado
La definición legal dice que un documento privado es aquel que recoge la voluntad de las partes que lo otorgan. Esto quiere decir que por ejemplo en una operación de compra-venta, el contrato privado recogerá la voluntad de ambas partes de transmitir un bien a la otra.
En este caso es conveniente detallar con precisión todos los elementos relevantes del contrato: identificación de la vivienda, m2, precio y forma de pago, necesidad de aval, plazo de entrega, cantidad de indemnización en caso de incumplimiento.
Documento Público
Un documento público de compra-venta es la escritura.
Un documento público hace referencia al contrato definitivo de compra-venta que se firma ante notario. Será gracias a este documento que se le atribuirá la propiedad al comprador. Además este documento tiene la atribución legal para ser inscrito en el Registro de la Propiedad.
- EMBARGO
Derecho legal de un acreedor para obtener el dinero que se le debe por medio de la venta forzada de la propiedad puesta en garantía. En un préstamo hipotecario, la garantía es la vivienda de la compraventa.
- ENAJENACIÓN
Acción de tomar posesión de un bien o asumir la propiedad del inmueble dado la incapacidad de pago del deudor.
- ENGANCHE
La suma de dinero que el comprador da al prestamista o al vendedor para poder adquirir un Bien inmueble. El balance del Precio de venta se considerará después en la Hipoteca.
- EROGACIÓN
Se trata de un desembolso de dinero por un servicio recibido o un bien obtenido. Cuando un agente económico gasta, realiza una erogación, que puede ser indispensable o no.
- ESCRITURA
La escritura es el documento público firmado y autorizado por un notario el cual da fe de su contenido y lo faculta para ser inscrito en el Registro de la Propiedad.
¿Qué incluye la escritura de una vivienda?
- Las partes que la firman, comprador y vendedor
- Descripción detallada de la vivienda objeto de compra-venta
- El título de propiedad de adquisición
- El valor de la vivienda o inmueble
- Las cargas de las vivienda en caso de que las hubiera
- El abono de los gastos de la comunidad de propietarios
- El precio de la compra-venta y la forma de pago
- ESCRITURA
Documento público de compraventa de un inmueble que hace referencia al contrato definitivo firmado ante notario. Con este documento se atribuye la propiedad del bien al comprador e incluye:
* Las firmas de: comprador y vendedor
* Descripción detallada de la vivienda, objeto de la compraventa
* El título de propiedad de adquisición
* El valor de la vivienda o inmueble
* Las cargas de las vivienda, en caso de haberlas
* El precio de la compraventa y la forma de pago - ESCRITURAR
Hacer constar un acto jurídico de compraventa por medio de una escritura notarial.
- EURIBOR
El Euribor ( Euro Offered Rate o tipo de oferta interbancario), es un índice de referencia que en el caso de España, es el más utilizado a la hora de conceder préstamos hipotecarios.
Y un índice de publicación diaria que refleja el tipo de interés promedio al que un gran número de bancos europeos se conceden préstamos a corto plazo entre ellos para posteriormente cederlo a través de préstamo/crédito a empresas y particulares.
- FEIN (Ficha Europea de Información Normalizada)La FEIN (Ficha Europea de Información Normalizada)Se conoce como la nueva FIPER. En este documento se mostrarán todas las condiciones y características de la hipoteca que se solicita. Con esta información se podrán realizar comparaciones con otras hipotecas.¿Cuáles son sus novedades?*Es un documento vinculante, esto quiere decir que tiene su valía de forma independiente y no necesitas otro como ocurría hasta ahora.*La entidad está obligada a entregarlo como mínimo 10 días antes de la firma de hipoteca.
- FIAE (Ficha de Advertencias Estandarizadas)
TÉRMINO HIPOTECARIO: CLÁUSULAS FIAE
FIAE son las siglas que corresponden a la Ficha de Advertencias Estandarizadas. Se trata de un documento que la entidad bancaria que estudia la concesión de un préstamo hipotecario entrega al cliente en donde incluye las cláusulas asociadas a la operación de crédito.
¿Qué información contiene la FIAE?
1- Si la hipoteca es a tipo de interés variable, se advierte de la dependencia del indice de referencia establecido, especificando el mismo.
2- Si el préstamo fuera en multidivisa se debe indicar su concesión en moneda extranjera especificando cuál.
3- Especifica los gastos hipotecarios que irán por cuenta del cliente. A día de hoy son los de tasación y escritura pública.
4- Si existe o no techen la operación hipotecaria, En caso de no haberlo tendrá que explicar que el cliente deberá asumir todas las subidas del índice de referencia con el consiguiente encarecimiento de las cuotas.
5- Plazo de ejecución de hipoteca, no se podrá aplicar hasta que se acumulen 12 cuotas sin pagar o 15 una vez transcurrido la mitad del plazo.
6- Que el vencimiento anticipado puede suponer que haya que pagar los gastos derivados de la ejecución del crédito.
7- Si se contrata un producto que cubra el riesgo de subida del interés.
- FIANZA
Por norma general, una fianza es cualquier garantía que se presta para asegurar el cumplimiento de una obligación.
Si nos referimos a qué significado tiene la fianza dentro de un préstamo hipotecario, la fianza o aval es una garantía personal por la que una persona asume el compromiso de responder del cumplimiento de una obligación en caso de que el deudor no lo haga.
Esto quiere decir que la obligación del fiador es subsidiaria respecto de la del deudor principal.
- FIANZA
Cualquier garantía que se ofrece para asegurar el cumplimiento de una obligación financiera.
En un préstamo hipotecario, la fianza o aval es una garantía personal mediante la cual una persona asume el compromiso de responder al cumplimiento de una obligación en caso de que el deudor no lo haga. - FINANCIAMIENTO BANCARIO
Créditos, empréstitos y demás obligaciones, derivados de la adquisición de un crédito o cualquier otro documento que compromete un pago en plazos.
- FLUCTUACIÓN DE PRECIOS
Variaciones anormales y/o excesivas en los precios, debido a noticias o condiciones relevantes en el ámbito económico, político o geográfico.
- FOLLETO INFORMATIVO
Todas las entidades financieras tienen la obligación por normativa de tener a disposición de sus clientes folletos informativos que incluyan las características financieras agrandes rasgos de los préstamos hipotecarios destinados a la compra de viviendas.
Con estos folletos, podremos hacer comparativas básicas de las distintas ofertas bancarias que existen en el mercado en ese momento de tiempo.
Estos folletos se entregarán a los clientes de forma totalmente gratuita.
- FOLLETO INFORMATIVO
Todas las entidades financieras tienen la obligación legal de poner a disposición de sus clientes folletos informativos con las características financieras de los préstamos hipotecarios. Estos folletos permiten comparar ofertas con mayor facilidad.
- GARANTE HIPOTECARIO
Persona que, siendo dueño de una propiedad, la da en garantía para respaldar la falta de pago del acreditado.
- GARANTÍA
Bien inmueble que asegura al acreedor el pago del crédito otorgado.
- GASTOS DE HIPOTECA
Los gastos de hipoteca, como su propio nombre indica, hacen referencia a todos aquellos que estén asociados a la misma.
Por lo general, una vez comprada y escriturada la vivienda, quedarían todavía pendientes de pago los gastos de constitución de la propia hipoteca. Este importe viene dado por el propio importe del préstamo hipotecario o m´s específicamente por el capital garantizado o Cifra de responsabilidad hipotecaria ( importe del préstamo + intereses + comisiones)
¿Cuáles son estos gastos de constitución?
- Notaría
- Registro de la propiedad
- Gestora
- Impuesto sobre actos jurídicos documentados
Además, mientras la hipoteca esté vigente puede ocasionar nuevos gastos hasta llegar al último gasto derivado su propia cancelación.
- GASTOS DE HIPOTECA
Todos aquellos gastos asociados a la hipoteca, tales como; los gastos de constitución de la propia hipoteca (notaría, registro de la propiedad, gestoría, impuestos, etc.).
- GASTOS NOTARIALES
Refieren a los honorarios, gastos y costos que se necesitaran para inscribir la garantía en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.
- GESTORÍA
Una gestoría es una entidad especializada que se encarga de los trámites de las escrituras de compra-venta, liquidación de impuestos y préstamo hipotecario hasta su inscripción en el Registro de la Propiedad.
Los gastos de gestoría en los que haya que incurrir asociados a un prestado hipotecario, son fiscalmente deducibles de las declaración de la renta.
- GESTORÍA
Una gestoría es una entidad especializada que se encarga de los trámites de las escrituras de compraventa, liquidación de impuestos y préstamo hipotecario hasta su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.
Los gastos de gestoría en los que haya que incurrir, asociados a un préstamo hipotecario, son fiscalmente deducibles de la declaración de la renta. - GRAVAMEN
Se trata de una carga, una obligación, impuesto o tributo que se aplica a un inmueble. dentro de este existen tipos de gravamen, lo cual refiere a la tasa que se aplica a la base imponible que supone la cuota tributaria. Esta tasa puede ser fija o variable y se expresa mediante un porcentaje.
- HIPOTECA
Una hipoteca es un contrato mediante el cual se toma como garantía de un crédito a un bien que generalmente lo constituye un inmueble.
Dicho bien permanecerá en manos del propietario mientras este cumpla con sus obligaciones. De no ser así, el acreedor podrá realizar la venta del bien para cobrar el dinero que prestó
Las hipotecas se formalizan en documento público y sus derechos se constituyen con la inscripción en el Registro de la Propiedad.
- HIPOTECA
Contrato con el cual se toma un bien inmueble como garantía de un crédito. Dicho bien es propiedad del deudor en tanto cumpla con sus obligaciones. De lo contrario, el acreedor podrá vender el inmueble para cobrar el dinero prestado.
Las hipotecas se formalizan en documento público y sus derechos se constituyen con la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio. - HIPOTECA 100
La hipoteca 100 es uno de los términos más buscados en Internet en lo que respecta a hipotecas que financian hasta el 100% del precio de la vivienda.
Antes del crack inmobiliariomuchas eran las entidades financieras que publicaban en sus escaparates las hipotecas 100 más gastos.
Hoy día es menos común la oferta de este tipo de préstamos hipotecarios, sin embargo, en Créditoh! somos expertos en la concesión de hipotecas 100, gracias al gran número de contactos de calidad que poseemos en diferentes entidades bancarias, ademas de contar con Sociedades de Tasación concretas que consiguen excelentes valoraciones para nuestros clientes.
- HIPOTECA 100
Crédito hipotecario que cubre hasta el 100% del precio de la vivienda.
Actualmente no son tan comunes, pero en CrediotH! somos expertos en la concesión de hipotecas 100, gracias a nuestra red de contactos. - HIPOTECA DE MÁXIMO O FLOTANTE
Esta hipoteca tiene la peculiaridad de que no aparece fijado en importe exacto de la obligación que se asegura, es decir, solo figura el máximo importe a lo que puede ascender la responsabilidad hipotecaria.
También se conocen como hipotecas de seguridad.
Estas hipotecas de máximos, suelen estar asociadas a lineas de crédito a largo plazo garantizadas con unas hipotecas de este tipo sobre el bien inmueble.
- HIPOTECA EN DIVISAS
La Hipoteca en divisas estuvo muy de moda en nuestro país en la época de auge económico en la que muchos eran los que optaban por darle esquinazo al Euribor y formalizar su hipoteca en yenes.
Se tarta de un préstamo hipotecario suscrito en una moneda extranjera. Su finalidad es beneficiarse de los bajos tipos de interés que rigen en ese momento en los mercados de los respectivos países.
Pero no todo es oro lo que reluce y este tipo de préstamos hipotecarios también conllevan un alto riesgo ya que si se producen cambios que revaloricen la moneda, convertirían la deuda en una cantidad mucho mayor.
- HIPOTECA PUENTE
El término Hipoteca Puente es el nombre con el que se la conoce popularmente
Se trata de un tipo de préstamo hipotecario que permite adquirir una nueva casa o propiedad cuando todavía se está pagando la hipoteca de la vivienda actual. Esta a su vez se querrá vender para trasladarse a la nueva propiedad.
La hipoteca puente cubrirá el coste de la vivienda nueva que queremos comprar, más la cantidad pendiente de pago del préstamo de la vivienda actual. También se hace cargo de todos los gastos de gestión asociados a la operación.
Una vez formalizada esta hipoteca, se dispondrá de un plazo de 2 a 5 años para vender el inmueble antiguo. De esta forma se podrá vender el inmueble sin prisas ni malas ventas, a la vez que se disfruta de un periodo de carencia en el que solo se hará frente a los intereses.
Créditoh! es especialista en este tipo de hipotecas.
- HIPOTECA SEGUNDA VIVIENDA
Los pasos a seguir para optar a una hipoteca para una segunda vivienda son los mismos que para la vivienda habitual, la principal diferencia reside en las condiciones que aplican las entidades financieras que resultan menos beneficiosas para el hipotecado.
Los valores de concesión en el caso de una primera vivienda, alcanzan el 80% del valor de tasación, e incluso en algunos casos pueden llegar a cubrir el 100% (especialidad de Créditoh!). En el caso de una segunda residencia, el importe alcanza entre el 50% y el 65% del valor de tasación.
Además la adquisición de una segunda residencia no implica ninguna ventaja fiscal para el hipotecado, ya que suelen utilizarse en periodos vacacionales, fines de semana, etc. Algunas personas optan por empadronarse en los municipios donde compran esta segunda vivienda para obtener mayores ventajas. - HIPOTECA VPO (VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL)
Las viviendas de protección oficial son aquellas cuya tipología, dimensiones y tarifas, está regulados por las Administraciones Públicas, tanto estatales como Comunitarias. Cuentan con unas condiciones económicas y fiscales privilegiadas a las que podrán acogerse ciertas personas en función de unos requisitos.
A pesar de su regulación pública, las hipotecas VPO deben ser concedidas por aquellas entidades financieras que se hayan acogido al convenio de esa VPO.
Suelen carecer de comisiones además de incluir un tipo de interés más que atractivo pactado anualmente por el consejo de ministros. Por otra parte las cuotas de estos préstamos hipotecarios siguen el sistema del amortización francés por lo que se mantendrán constantes a lo largo de toda su vida.
- HISTORIAL CREDITICIO
Informe emitido por una entidad especializada donde se detalla el historial de pagos e impagos de una persona. Es un instrumento utilizado por los bancos para evaluar la solvencia y capacidad de pago del solicitante de un préstamo, se trata de la suma de los antecedentes financieros de un consumidor.
- IMPUESTO SOBRE ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS (AJD)
El Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados grava los siguientes documentos:
- Documentos notariales
- Documentos mercantiles
- Documentos administrativos
Este tributo forma parte del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
En lo que respecta a las Hipotecas, su base de cálculo es la responsabilidad hipotecaria, quiere esto decir que hace referencia a la suma de todos los conceptos que están garantizados dentro de la hipoteca (capital prestado, intereses comunes, intereses de demora, gastos, etc).El tipo a aplicar oscila en función de las Comunidades Autónomas y también de los importes. Suele variar entre el 0,1% y el 1%.
El IAJD en el caso de compra-venta de una vivienda, se toma como base para el cálculo el importe escriturado de compra-venta.
- IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI)
En este caso el Impuesto sobre bienes inmuebles es una tasa municipal que grava de forma anual la propiedad de una finca. Esto quiere decir que el pago debe hacerse de forma anual por parte de la propiedad y será en función del valor catastral que se le asigne a la vivienda.
Este tipo de gravamen suele calcularse en función del número de habitantes que tenga cada municipio. - IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES
Es aquel tributo que grava la compra-venta de una vivienda de segunda mano o sucesivas. Este impuesto incluye:
- La transmisión de bienes inmuebles
- Contratos que comprendan muebles e inmuebles
En la actualidad el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales está delegado a las Comunidades Autónomas, de esta forma, en función del lugar de residencia se establecerá el tipo general a aplicar.
Infórmate de que porcentaje tiene el impuesto sobre transmisiones patrimoniales en tu comunidad autónoma.
- INCUMPLIMIENTO
Imposibilidad o trazo de pago ante una deuda contraída.
- INDICADOR DE ENDEUDAMIENTO
Coeficiente utilizado por las entidades financieras para conocer qué parte de los ingresos de los solicitantes se podrá destinar al pago de la deuda.
- INDICES DE REFERENCIA PARA PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS (IRPH)
Se trata de unos índices que el Banco de España publica cada mes calculando una media de las diferentes ofertas del mercado hipotecario inscritas por Bancos y Cajas.
Se aplican en forma de porcentajes sobre el tipo de interés hipotecario variable.
Son los siguientes:
- Euribor: este es el más conocido y más utilizado en nuestro país. Sustituyó al Mibor.
- CECA: su media incluye el precio de los préstamos hipotecarios y también el de los personales ofrecidos por as Cajas de Ahorros.
- El de Deuda Pública: rentabilidad semestral en los bonos del Tesoro
- INFLACIÓN
Desequilibrio entre la oferta y la demanda de una economía que se manifiesta en un aumento de precios a nivel general.
- INFONAVIT
El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores es un organismo gubernamental destinado a otorgar mediante crédito, viviendas a dichos trabajadores.
- INTERÉS
Precio o costo del dinero al otorgar un crédito o financiamiento.
- INTERÉS DE DEMORA
El Interés de demora es un tipo de interés que figura en todo tipo de préstamos y que se pacta con la entidad bancaria previamente a la firma. En lo que respecta a los préstamos hipotecarios, el interés de demora será el porcentaje que el hipotecado tendrá que pagar en caso de que se produzcan impagos en las cuotas asociadas a ese préstamo. Dicho porcentaje será proporcional a los días de retraso que se produzcan en el pago.
Es un tipo de interés del que no se suele hablar en la negociación de forma errónea ya que es de suma importancia.
- INTERÉS HIPOTECARIO
El tipo de interés hipotecario es aquel precio que la entidad bancaria aplica al préstamo por conceder la hipoteca. Puede ser de tres tipos:
- Variable:
En este caso estará compuesto por un índice de referencia ( suele ser el Euribor), más un diferencial pactado con el Banco. Su valor variará en función de las oscilaciones del mercado. - Fijo: tipo de interés que se mantiene constante durante toda la vida del préstamo hipotecario. No afectarán por tanto las subidas ni bajadas del Euribor.
- Mixto: Se trata de una mezcla de los anteriores por etapas, es decir, durante un primer momento (1 o 2 primeros años de hipoteca), se aplica un tipo de interés fijo para posteriormente cambiar a variable.
- Variable:
- INTERÉS HIPOTECARIO
Precio que la entidad bancaria aplica al crédito hipotecario. Puede ser:
* Variable; determinado por un índice de referencia más un diferencial pactado con el Banco. Cambia de acuerdo a las fluctuaciones del mercado.
* Fijo; se mantiene constante durante todo el crédito hipotecario.
* Mixto; combinación de intereses fijos y variables, el cambio se lleva a cabo por periodos de tiempo. - INTERÉS MEDIO
Tipo de viviendas con valor entre 156,751 y 392,000 Dólares.
- INTERÉS MORATORIO
Porcentaje que el hipotecado tendrá que pagar en caso de la falta de pago de las amortizaciones; será proporcional a los días de atraso.
- INTERÉS SOCIAL
Tipo de viviendas con valor entre las 60,000 y 156,750 dólares.
- IVA
El IVA, es el impuesto por el valor añadido que se paga por por la compra de una vivienda nueva. Esto quiere decir que se produce en el momento de la entrega de la vivienda por parte del promotor al comprador. El gravamen actual es del 7% excepto en Canarias que se sustituye por el IGIC y es del 5%.
- IVA
Impuesto al Valor Agregado, impuesto agregado a los precios de venta de bienes y servicios. Para una vivienda, se produce en el momento de la entrega por parte del promotor al comprador.
- LEY DE TRANSPARENCIA
Esta ley hace referencia a una circular del Banco de España que obliga a las entidades financieras a presentar información detallada y clara sobre todos sus productos con la finalidad de potenciar los derechos del consumidor.
- LEY DE TRANSPARENCIA DE FOMENTO A LA COMPETENCIA DEL CRÉDITO GARANTIZADO
Ley que regula las actividades y servicios financieros para el otorgamiento de un crédito para adquirir, construir, remodelar o refinanciar una vivienda y asegura la transparencia en dicho otorgamiento, con el objeto de fomentar la competencia.
- LEY HIPOTECARIA
La ley Hipotecaria Nacional es aquella que regula el mercado hipotecario en España por el Decreto de 8 de Febrero de 1946. Además también está vigente la Ley 2/1981 de 25 de Marzo y la Ley 41/2007 de 7 de Diciembre que modifica a la anterior.
- LIBRE DE CARGAS
Es la expresión que define aquella finca sobre la que no pesa ninguna carga o limitación, por tanto no existirán hipotecas, cláusulas, censos, embargos, etc.
Dicha información se obtiene a través de la Nota Simple que facilita el Registro de la Propiedad tras su solicitud, información fundamental antes de adquirir cualquier propiedad.
- LIBRE DE GRAVAMEN
Cuando un bien inmueble no presenta ningún adeudo o carga; no existen hipotecas, cláusulas, censos, embargos, etc. asociados a dicha propiedad.
- LIBRO DEL EDIFICIO
Es un nuevo documento obligatorio desde el año 2000. En él, se incluye una serie de documentación en la que se detalla una obra nueva o edificio recién construido. Este libro se pondrá en posesión de los compradores para su conocimiento y mantenimiento.
Resulta un documento muy útil a la hora de exigir responsabilidades si el edifico ocasionará algún problema derivado de su construcción.
- LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN
Permiso otorgado por el ayuntamiento sobre su territorio para conceder la aprobación al comienzo de una obra nueva o modificación en el inmueble que ya existe.
Esta licencia es de suma importancia en el caso de Hipotecas de Auto-promoción. - LICENCIA DE OBRAS
La licencia de obras es el permiso que cada ayuntamiento otorga sobre su territorio para conceder la aprobación al comienzo de una obra nueva o modificación en el inmueble que ya existe.
Esta licencia es de suma importancia en el caso de Hipotecas de Auto-promoción.
- LÍMITE DE CRÉDITO
Cantidad máxima permitida para el pago de servicios con tarjeta de crédito.
- LIQUIDEZ
Capacidad que tiene una persona, empresa o entidad bancaria para realizar sus obligaciones financieras.
Monto parcial que el deudor debe cubrir mes con mes de acuerdo a lo establecido en el crédito. Este debe realizar hasta cubrir el monto total. - MONTO DEL CRÉDITO
Importe total que el acreedor otorga al deudor en función a un plazo y una tasa de interés preestablecidos.
- MORA
Retraso en el cumplimiento de un pago u obligación.
- MOROSO
Deudor que cumple una obligación con retraso o que simplemente no la cumple.
- NOTA SIMPLE
La nota simple es un documento oficial expedido por el Registro de la Pro-piedad en el que se hace referencia a la situación actual de una finca en particular. En ella se indicarán todas las cargas que posee el inmueble en el momento de la solicitud. También puede ocurrir que el bien se encuentre libre de cargas, situación ideal para una compra-venta.
¿Qué incluye la nota simple?Información breve y concisa sobre la situación jurídica de una finca: (breve descripción, propietario, cargas existentes, etc)
Puede solicitarse de forma presencial o a través de correo electrónico en la página web de registradores.
A día de hoy los datos todavía no están digitalizados para una consulta directa, lo cuál sería ideal y acortaría mucho los tiempos de espera e incertidumbre.
Importancia de la Nota Simple para hipoteca
Será fundamental conocer el estado de la finca o bien inmueble en el caso de que vayamos a comprar una vivienda para comprobar:
- Su situación registral
- Comprobar que el que dice que nos va a vender el bien, es en realidad su propietario
- Conocer las cargas reales sobre el bien, etc
- NOTARIO
Un notario es aquella persona física que actúa como funcionario público, autorizando y dando fe al contenido de determinados documentos. En el caso de las hipotecas serán los contratos de compra-venta y de préstamo hipotecario.
Su trabajo consiste en verificar la legalidad de todas las condiciones del contrato. Por otra parte, sus honorarios están regulados por ley.Curiosidad: todos los notarios cuentan con acceso directo a los registros de la propiedad a través de Internet.
Cualquier ciudadano puede escoger el notario a su libre albedrío, siempre y cuando su situación guarde relación con la vivienda en cuestión o con el domicilio del que vende.
- NOTARIO
Persona física que actúa como funcionario público, autorizando, su ejercicio consiste en dar fe de actos jurídicos celebrados ante su presencia. En cuestiones hipotecarias, serán los contratos de compraventa y de préstamo hipotecario. Cabe resaltar que los honorarios de un notario se encuentran regulados por ley.
- NOVACIÓN
Es un documento público en el que se modifica por acuerdo entre ambas partes, alguna o varias de las condiciones del préstamo hipotecario formalizado en el pasado.
¿Cuándo se recurre a la novación?
Si por ejemplo pensamos que años atrás hemos firmado una hipoteca con condiciones muy desfavorables con respecto al momento actual, podemos solicitar una renegociación de las condiciones con nuestra entidad financiera o también acudir a una tercera que nos haga una mejor oferta y trasladar nuestro préstamo hipotecario (subrogación)
¿Qué se puede renegociar?
En general cualquier condición que se incluya en la póliza de préstamo hipotecario: tipo de interés, cambio de tipo variable a fijo o viceversa, cambiar el referencial, etc.
- NOVACIÓN
Documento público en donde se modifica una o varias condiciones del préstamo hipotecario formalizadas en el pasado, siempre y cuando sea bajo acuerdo de ambas partes.
- OBLIGACIÓN
Relación jurídica entre dos personas, deudor y acreedor, en prestación de carácter patrimonial, que el acreedor puede exigir del deudor.
- OBRA NUEVA
Este es un término importante que suele manejarse en las hipotecas. La obra nueva hace referencia a aquellas viviendas que serán edificadas en un solar concreto como obra nueva. En este caso, la situación registran del solar quedará modificada dando lugar al número de propiedades que figuren en el proyecto.
Se hace a través de un documento público en el que declara la existencia de una construcción nueva.
¿Cuándo se declara la obra nueva?
Puede hacerse en el propio proceso de urbanización como durante el proceso de ejecución de obra.
- OFERTA VINCULANTE
Todas las entidades de crédito tienen la obligación de entregar a sus clientes el documento de oferta vinculante, donde figuren todas y cada una e las condiciones que tendrá su préstamo hipotecario. Tiene una validez de diez días hábiles desde el momento en que se entrega.
Oferta vinculante & Subrogación
Cuando se quiera hacer un cambio de hipoteca a otra entidad financiera, la oferta vinculante será el documento que la entidad que quiere vincular el préstamo le envía a la que ya lo tiene con el fin de informar acerca de las nuevas condiciones que podrían aplicar a la hipoteca.
Si el banco no las entrega, los clientes podrán solicitar su oferta vinculante de forma gratuita así como un folleto informativo que incluya las operaciones de préstamos sujetas a la ley de Crédito al Consumo.
- OFERTA VINCULANTE
Documento emitido por la entidad financiera en el que figuran todas los términos y condiciones de un préstamo hipotecario; incluyendo el importe del crédito y forma de entrega, forma de amortización, tasa de interés ordinaria y moratoria, CAT, comisiones, gastos o cargo del acreditado, causa y penas por terminación o resolución anticipada y la aceptación del contrato.
- PAGO
Cumplimiento de una obligación financiera.
- PAGO AL MILLAR O POR MIL
Factor que al multiplicarlo por el monto del crédito y dividirlo entre mil, resulta en el valor equivalente a la primera mensualidad.
- PATRIMONIO
Todos los bien materiales que una persona acumula durante toda su vida.
- PERFIL DE RIESGO
Todos y cada uno de nosotros tenemos un perfil de riesgo particular para cada entidad financiera a la que acudimos en busca de financiación. El perfil de riesgo de un individuo es el resultado de un previo estudio y análisis de la situación financiera el solicitante.
Para obtener el perfil de riesgo, se valorarán los niveles de ingresos, gastos y otras posibles deudas contraídas en otras entidades. También se tendrán en cuenta todas las garantías adicionales que pueda aportar el solicitante.
En definitiva, lo que a la entidad le interesa saber, es cuál es nuestra capacidad de reembolso.
- PERFIL DE RIESGO
Resultado de un estudio y análisis de la situación financiera del solicitante.
- PERIODO DE REVISIÓN
El periodo de revisión en un préstamo hipotecario, hace referencia al momento de tiempo durante el cual se revisará el tipo de interés en las hipotecas que se hayan firmado a tipo variable.
Por norma general, esta revisión e realizará una vez cada 12 meses.
- PERIODO DE REVISIÓN
El periodo de revisión en un préstamo hipotecario, hace referencia al tiempo específico, durante el cual se revisará el tipo de interés en las hipotecas que se hayan firmado a tipo variable.
- PERSONA FÍSICA
Concepto jurídico para referirse a un Individuo o miembro de una comunidad con derechos y obligaciones determinados por ley.
- PERSONA MORAL
Concepto jurídico que representa a una institución creada por una o más personas físicas.
- PLANEACIÓN FINANCIERA
Proceso de establecer metas económicas, que generalmente se acompañan de planes para lograr esas metas.
- PLAZO
Tiempo expresado en meses que transcurre desde el momento en que la entidad financiera proporciona el dinero al acreditado hasta la fecha del último pago programado.
- PLUSVALÍA
Valor comercial de los bienes inmuebles en función del tiempo.
- PÓLIZA
Contrato en el cual una compañía aseguradora establece los términos y condiciones bajo los cuales se hará responsable de la línea de crédito o la propiedad.
- PRECIO DE VENTA
Monto que solicita el propietario de un bien inmueble para concretar su venta.
- PREPAGO
Cuando un deudor realiza una amortización anticipada sobre su deuda para disminuir el plazo.
- PRÉSTAMO DE GARANTÍA PIGNORATICIA
Este tipo de préstamos, también incluyen una garantía pero no será el bien hipotecado. Por el contrario, el cliente ofrecerá como garantía de la operación cualquier tipo de activo financiero aceptado por la entidad: bonos, acciones, planes de pensiones, etc). Dichos activos financieros se pignorarán como garantía del préstamo concedido.
El préstamo de garantía pignoraticia no suele realizarse en el caso de compra de viviendas, aunque si existen algunas entidades financieras que lo emplean para tal fin, pero son casos aislados.
¿Cuál es su principal ventaja?
Se produce un ahorro al tener que evitar la tasación de la vivienda, los gastos de Registro y los impuestos anexos que suelen encarecer las operaciones hipotecarias.
Por ejemplo, con este tipo de préstamo, el cliente no tendrá que pagar el Impuesto de Actos Jurídicos.
- PRÉSTAMO HIPOTECARIO
Un préstamo hipotecario se produce cuando una entidad financiera concede a una persona física o jurídica una determinada cantidad de dinero que incluye la garantía adicional del bien inmueble sobre el que se realiza la hipoteca.
Tiene la particularidad de que el bien hipotecado (casa, chalet, piso, bajo comercial, etc), servirá como garantía al prestamista en caso de cumplir las condiciones pactadas en la concesión del préstamo. De darse esta situación, la entidad financiera pasaría a ser la titular propietaria del inmueble.
- PRÉSTAMO PROMOTOR O DE AUTOCONSTRUCCIÓN
El préstamo promotor consiste en una operación hipotecaria dedicada a financiar la construcción y/o rehabilitación de viviendas y elementos vinculados que se destinarán a la venta.
Se dirige principalmente a personas jurídicas cuya actividad principal será la construcción y promoción de proyectos inmobiliarios.
Suele tener un periodo de carencia que va de dos a tres años durante el cuál el promotor solo pagará intereses y hará disposiciones de capital por avance de obra. Esto es así para que durante el tiempo de edificación en el que todavía no hay beneficios de venta ni disfrute de las viviendas se soporten las menores cargas posibles.
- PRESTATARIO
El prestatario es aquella persona física o jurídica que figura como titular de un préstamo. Es la parte que asume toda la responsabilidad y también adquiere todos los derechos que se derivan del contrato de préstamo.
En el caso de un préstamo hipotecario, el prestatario responde como garantía para el cumplimiento de sus obligaciones con el bien inmueble que está hipoteca.
- PRESTATARIO
Persona física o jurídica que figura como titular de un préstamo. Es la parte que asume toda la responsabilidad y también adquiere todos los derechos que se derivan del contrato de préstamo. En el caso de un préstamo hipotecario, el prestatario responde como garantía para el cumplimiento de sus obligaciones con el bien inmueble que está hipoteca.
- PRIMA DE SEGURO
Cuotas que se cobra mensualmente al acreditado (incluidos en la mensualidad) por los conceptos de seguros de vida, invalidez y daños.
- PRO-INDIVISO
Bien o derecho que pertenece a un grupo de personas; el bien no está dividido entre ellas, sino que pertenece a todas en común.
- PROINDIVISO
También puede ser frecuente encontrarnos con este término si estamos a punto de firmar una hipoteca con compra-venta. Proindiviso hay referencia a cuando la propiedad e un bien o derecho pertenece a más de una persona, es decir, a una comunidad de individuos.
Esto puede ocurrir en el caso de una herencia cedida a varios co-propietarios. Estos compartirán la propiedad del inmueble. También en el caso de un divorcio en el que ambas partes son titulares del bien.
Cuando se quiera comprar inmuebles en régimen de proindiviso, se ha de tener en cuenta que solo se adquirirá una parte de esa propiedad y el resto de comuneros seguirá teniendo derechos sobre ella como el de adquisición preferente por ejemplo.
- RATIO DE ENDEUDAMIENTO
Se trata de un coeficiente utilizado por las entidades financieras para conocer que parte de los ingresos de los solicitantes de financiación se podrá destinar al pago de la deuda.
¿Cómo es el cálculo de este ratio en caso de hipoteca?
Se tendrá el cuenta el importe de la cuota hipotecaria a la que se le sumará las cuotas de otros prestado adquiridos y todo ello dividir entre los ingresos totales.
- REDONDEO HIPOTECA
Esto es algo que puede ocurrir en los préstamos hipotecarios formalizados a un tipo de interés variable. Suelen incluir la cláusula de redondeo al alza. Esto quiere decir que el redondeo que se aplique va a ser siempre por exceso a un factor o fracción de punto porcentual.
El redondeo al alza puede llegar a suponer un sobrecoge importante para las hipotecas. Por ejemplo: un tipo de interés de un 2,693 redondeado al alza se convertiría en un 3.La ley prohíbe redondear por encima de un octavo punto.
Esto se aplicará a hipotecas formalizadas antes del 2002, aunque se puede pedir a la entidad financiera que deje de hacerlo.
- REFINANCIACIÓN
La refinanciación es la cancelación de un préstamo por otro. Esto quiere decir que de llegar a un acuerdo, se procederá a la cancelación del primero para dar lugar a la formalización de otro nuevo.
¿Qué se pretende conseguir en una refinanciación?
Una mejoría de las consignas financieras, ampliación en el plazo de amortización o ampliar el capital prestado.
- REFINANCIAMIENTO
Cambio de un tipo de préstamo hacia otro con mejores mejores condiciones de pago.
- REGISTRO DE LA PROPIEDAD
El Registro de la Propiedad, es una oficina de carácter público, que depende del Ministerio de Justicia. Su principal función es la inscripción y publicidad de la propiedad de los bienes inmuebles y derechos de los mismos.
Está obligado a llevar una serie de libros oficiales en los que figuren todas las circunstancias que afecten a las fincas de la demarcación correspondiente a dicho Registro:; cargas, notas marginales transmisiones, etc.
Cada Registro abarcará una área territorial.
Es una obligación en el caso de comprar una vivienda, la consulta sobre la misma en el Registro. De esta forma nos aseguraremos que todos la información aportada por el vendedor es real.
A día de hoy todavía no se puede realizar la consulta online de los datos en el Registro pero se piensa que falta muy poco para lograrlo.
- REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y EL COMERCIO
Organismo de gobierno que regula y administra la propiedad de precios e inmuebles públicos o privados.
- RESIDENCIAL
Tipo de vivienda cuyo valor se encuentra entra las 392,001 y 800,000 UDIS.
- RESPONSABILIDAD HIPOTECARIA
¿Qué es la responsabilidad hipotecaria?
Pues sería la suma de todos los conceptos que quedan garantizados mediante la formalización de una hipoteca. Hablamos del capital, los costes judiciales, los intereses, gastos, etc.
Los gastos de formalización y cancelación de hipoteca se calculan en función de este importe.
- RESPONSABILIDAD HIPOTECARIA
Suma de todos los conceptos que quedan garantizados mediante la formalización de una hipoteca; capital, costos judiciales, intereses, gastos, etc.
- RIESGO
Incertidumbre respecto el resultado futuro de una inversión. Mayor incertidumbre implica mayor riesgo. El desvío estándar de las variaciones del precio es un indicador del activo.
- SALARIO DIARIO INTEGRADO (SDI)
Salario diario más todas las prestaciones que la ley obliga o no; como gratificaciones, percepciones, primas, comisiones, comidas, transporte, vales de despensa, entre otras. El SDI se usa para realizar el cálculo de impuestos al IMSS e INFONAVIT; es el promedio de lo que gana un empleado diariamente.
- SALARIO MÍNIMO
Salario establecido por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos para cada periodo laboral. y que por ello los empleadores deben pagar a sus trabajadores.
- SALDO INSOLUTO O PENDIENTE
Monto de la deuda que aún no se ha pagado.
- SEGUNDA HIPOTECA
La segunda hipoteca sobre un bien es aquella que lo grava por segunda vez. Sería el caso de una vivienda que ya se haya hipotecado en el pasado y en el presente vuelve a hacerse por lo general por una cantidad menor.
Las entidades financieras en el caso de segundas hipotecas suelen exigir mayores garantías.
- SEGUNDA HIPOTECA
Hipoteca que grava una propiedad por segunda vez. En este caso las entidades financieras suelen exigir mayores garantías, mientras el crédito generalmente suele otorgarse por una cantidad menor.
- SEGURO
Contrato mediante el cual la aseguradora se compromete a pagar la cantidad adecuada en caso de que haya algún siniestro. El costo que se cubre por este, se denomina prima.
- SEGURO DE AMORTIZACIÓN DE PRÉSTAMOS
Es una póliza que asegura el importe del préstamo en caso de fallecimiento o invalidez del prestatario. El capital asegurado servirá para cancelar el préstamo en caso de que ocurra alguna de las situaciones anteriores.
El objetivo es que los herederos no tengan que hacerse cargo de esta deuda. Algo a tener muy en cuenta.
- SEGURO DE AMORTIZACIÓN DE PRÉSTAMOS
Póliza que asegura el importe del préstamo en caso de invalidez o fallecimiento del prestatario. El capital asegurado se destinará a la cancelación del préstamo, así los familiares no heredarán una deuda innecesaria.
- SEGURO HOGAR MULTIRIESGO
Se trata de la contratación de una póliza que asegura los posibles desperfectos que pueda sufrir una vivienda. Suele incluir diversos rasgos que afectan tanto al continente como al contenido.
La ley hipotecaria exige que una vivienda hipotecada debe tener un seguro contra incendio por el valor de construcción de la misma.
- SHF
Sociedad Hipotecaria Federal, antes llamada FOVI. Es una institución financiera que ofrece acceso a la vivienda, de interés social y medio, a través de créditos y garantías.
- SISTEMA DE AMORTIZACIÓN FRANCÉS
Es el sistema de amortización más utilizado en nuestro país. En él, la cuota de amortización se mantiene constante a lo largo de toda la vida del préstamo. Lo que variará será la parte de intereses que se pague.
Al principio del presto las cuotas incluyen poca amortización de capital y más cantidad de intereses. A media que vaya avanzando el tiempo ocurrirá todo los contrario.
- SOFOL
Sociedades Financieras de Objeto Limitado, empresas privadas que median entre los FOVI-SHF y los particulares que desean adquirir una vivienda bajo estos programas.
- SOLICITANTE
Persona que solicita a la institución información o documentación inherente al otorgamiento del crédito.
- SOLICITUD DE CRÉDITO
Formato extendido por la entidad financiera en el cual se establecen los requisitos necesarios para obtener un crédito.
- SOLVENCIA
Capacidad de una persona física o moral de satisfacer oportunamente todas y cada una de sus deudas.
- SUBROGACIÓN
La Subrogación de una hipoteca ocurre cuando pretendemos modificar alguna de las condiciones hipotecarias previamente pactadas con el objetivo de mejorarlas.
En un préstamo hipotecario la subrogación implica un cambio en la entidad de crédito ante la cual se asumirá un nuevo riesgo.
Dos tipos de Subrogación:
1- Subrogación con cambio de entidad financiera
El prestatario pretende cambiar de entidad financiera su préstamo hipotecario para lograr una mejora en alguna o varias de sus condiciones.
2- Subrogación por asunción de obligaciones ya contraídas
Es el caso en que que el comprador de una vivienda asume los derechos y obligaciones de otra persona. Por ejemplo si compramos una vivienda a un particular que ya tiene una hipoteca sobre la propiedad, nos subrogaremos a las condiciones que este tenía en su préstamo hipotecario.
- SUBROGACIÓN
Traspaso y formalización de una hipoteca a otra entidad financiera, bajo nuevas y tal vez, mejores condiciones, ello bajo los términos de la Ley Federal de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado. En este proceso, la primera entidad financiera acepta recibir los pagos adelantados por el deudor o por otra entidad bancaria, con ello cede los derechos derivados del contrato correspondiente. Cabe destacar que con la subrogación se asume a un posible riesgo.
- SUBROGACIÓN CON CAMBIO DE ENTIDAD FINANCIERA
Se presenta cuando el prestatario pretende cambiar su crédito hipotecario de una entidad financiera otra con la finalidad de mejorar una o varias de sus condiciones.
- SUBROGACIÓN POR ASUNCIÓN DE OBLIGACIONES YA CONTRAÍDAS
Se da cuando el comprador de una vivienda asume los derechos y obligaciones de otra persona. Por ejemplo; al comprar la vivienda de un particular que ya cuenta con hipoteca, el nuevo comprador se subrogará a las condiciones de dicho préstamo hipotecario.
- SUSTITUCIÓN DE HIPOTECA
Proceso de pago de un préstamo hipotecario para reemplazarlo con otro.
- SWAP HIPOTECARIO
En una hipoteca tipo de interés variable, un Swap es un contrato firmado a lo largo de cualquier momento de la vida de la hipoteca por el cuál el hipotecado se asegura pagar un interés fijo máximo durante un periodo de tiempo. El banco abonará la diferencia cuando el Euribor sea superior al tipo de referencia pactado. Si por el contrario está por debajo, le tocará al hipotecado compensar la diferencia.
- TABLA DE AMORTIZACIÓN
Tabla que muestra las mensualidades programadas de acuerdo al plazo establecido en el crédito hipotecario.
- TAE (Tasa Anual equivalente)
La TAE hace referencia a una fórmula de cálculo matemática mediante el cual se transforman las condiciones financieras aplicadas a un préstamo a su equivalente anual.
Es el índice más efectivo a la hora de comparar préstamos. Para calcularlo se tiene en cuenta tres factores:
- Interés nominal
- Comisiones
- Plazo de amortización
- TASA
Valor pactado en el contrato que determina los intereses de un crédito hipotecario.
- TASA DE INTERÉS
Porcentaje sobre capital que el acreedor cobra al deudor por el financiamiento durante un plazo determinado.
- TASA FIJA
Tasa de interés que permanece constante durante toda la vida del préstamo.
- TASA MIXTA
Tasa de interés que resulta de la combinación entre tasa fija y variable.
- TASA TOPE
Límite máximo del valor que la tasa de interés puede alcanzar.
- TASA VARIABLE
Tasa de interés que oscila en función de un referencial, más un porcentaje determinado por la entidad financiera.
- TASACIÓN
La tasación de una vivienda indica el valor de la misma certificado por una Sociedad constituida a tal efecto. El resultado de la tasación e una indicador del valor que tiene el bien inmueble en el mercado y también servirá de referente para obtener el préstamo hipotecario solicitado.
Puede realizarse a través de la entidad bancaria a la que le solicitamos el préstamo hipotecario o de forma independiente.
Es un dato altamente relevante pala negociación y el importe concedido. Las entidades suelen conceder un 80% del importe de tasación para un préstamo hipotecario.
- TIIE
La Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio es calculada a distintos plazos por el Banco de México, con base en cotizaciones presentadas por las instituciones de banca múltiple, mediante un mecanismo que refleja las condiciones del mercado de dinero, siempre en moneda nacional.
- TIIE – UDIS
La Tasa de Interés de Equilibrio de Operaciones Denominadas en Unidades de Inversión es calculada a distintos plazos por el Banco de México, con base en las cotizaciones presentadas por las instituciones de banca múltiple, mediante un mecanismo que refleja las condiciones del mercado de dinero en unidades de inversión.
- TIPO DE INTERÉS
Será aquel porcentaje que se aplique al capital de un préstamo con el fin de calcular los intereses que deben abonarse. Puede ser fijo (constante a lo largo de toda la vida del préstamo) variable (oscila en función de un referencial más un porcentaje) o mixto (una combinación de los dos anteriores)
- TITULO DE PROPIEDAD
Hace referencia a la escritura que es el documento oficial que acredita la propiedad de una vivienda o finca. El título de propiedad de un inmueble confiere ser el dueño legal de su propiedad.
- TÍTULO DE PROPIEDAD
Documento oficial que acredita la propiedad de una vivienda. Quien figure en el título de propiedad de un inmueble confiere ser el dueño legal.
- UDIS
Las Unidades de Inversión son unidades de cuenta de valor real constante con base en la inflación. Son utilizadas para solventar las obligaciones de créditos hipotecarios y demás actos mercantiles.
- USUFRUCTO
Derecho a disfrutar bienes ajenos, con la obligación de conservarlos.
- VALOR CATASTRAL
Es la valoración que figura en el catastro sobre una determinada finca o propiedad. El catastro es el censo y padrón de fincas rústicas y urbanas.
- VALOR CATASTRAL
Valoración que figura en el catastro sobre una determinada propiedad. El catastro es el censo de propiedades.
- VALOR COMERCIAL
Precio que el vendedor asigna a una propiedad, determinado por las características y detalles tanto internos como externos.
- VALOR DE AVALÚO
Valor comercial de un bien, estimado por un perito valuador, mediante metodología previamente establecida por la autoridad competente.
- VALOR REAL
Monto que asigna un valuador a una propiedad basado en sus características y dimensiones.
- VALORACIÓN O VALUACIÓN
Acto de estimar el valor o precio de un bien, de acuerdo a los valores del mercado estudiados y valores con ética y técnica; sirve de referente para obtener un préstamo hipotecario. Se puede realizar por medio de la entidad bancaria a la que se solicita el préstamo o de manera independiente.
- VALUADOR
Perito calificado que determina el justo valor de los bienes. Persona que cuenta con la solvencia ética y profesional que le permite determinar el justo valor de los bienes.
- VENCIMIENTOS
Todos aquellos pagos que se deben liquidar por parte del deudor en una fecha preestablecida, para disminuir el capital e intereses de una línea de crédito.
- VERIFICACIÓN REGISTRAL
Este concepto está muy relacionado con la nota simple ya que es una comprobación que se hace en el Registro de la Propiedad para conocer si una propiedad está o no libre de cargas.
- VIVIENDA NUEVA
Bien inmueble que nunca ha sido habitado o utilizado.
- VIVIENDA USADA
Bien inmueble que ya ha sido habitado.
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